Un coche eléctrico no está exento del impuesto de circulación, pero casi siempre paga mucho menos: la ley permite a los ayuntamientos rebajarlo hasta un 75 %, y las siete grandes ciudades que hemos revisado aplican ese máximo. Lo que cambia, y mucho, es durante cuántos años y si hay que pedirlo. En Madrid es para siempre y automático; en Murcia dura tres años.
Hemos leído la ordenanza fiscal oficial de 2026 de cada ciudad. Aquí está lo que pagas, lo que tienes que hacer para no perder la rebaja y cuánto te ahorras en ocho años frente a un gasolina.
Ciudad por ciudad: rebaja, años y si hay que pedirla
| Ciudad | Rebaja | Durante | ¿Hay que pedirla? |
|---|---|---|---|
| Madrid | 75 % | Siempre | No, es automática |
| Barcelona | 75 % | 5 años desde la matriculación | Sí; vale marcarla al darlo de alta |
| Valencia | 75 % | Sin límite | Sí, antes del 31 de diciembre o en el mes siguiente a matricularlo |
| Zaragoza | 75 % | Sin límite | Sí; pídela antes de matricular para que cuente ese año |
| Málaga | 75 % | Los 5 años siguientes al de matriculación | Sí, como muy tarde el cuarto año |
| Murcia | 75 % | 3 años, desde el de matriculación | Sí |
| Palma | 75 % | Sin límite | No, es automática |
Tres condiciones que se olvidan y hacen perder la rebaja:
- Valencia: hay que estar al corriente de todos los tributos municipales, y la rebaja solo vale para un vehículo por titular.
- Málaga: además de estar al día con el ayuntamiento, los tributos municipales periódicos tienen que estar domiciliados en el banco.
- Madrid: se pierde si te multan por una infracción de contaminación atmosférica.
Cuánto pagas en 2026
El impuesto depende de los caballos fiscales del coche y de la tarifa de cada ciudad. Estas son las dos franjas más habituales:
| Ciudad | Hasta 7,99 CVF | Con la rebaja | De 12 a 15,99 CVF | Con la rebaja |
|---|---|---|---|---|
| Madrid | 20,00 € | 5,00 € | 129,00 € | 32,25 € |
| Barcelona | 25,24 € | 6,31 € | 143,88 € | 35,97 € |
| Valencia | 21,20 € | 5,30 € | 128,05 € | 32,01 € |
| Zaragoza | 20,30 € | 5,08 € | 123,60 € | 30,90 € |
| Málaga | 24,35 € | 6,09 € | 138,90 € | 34,73 € |
| Murcia | 24,71 € | 6,18 € | 143,88 € | 35,97 € |
| Palma | 23,61 € | 5,90 € | 143,88 € | 35,97 € |
Cuántos caballos fiscales tiene tu eléctrico
En un eléctrico, los caballos fiscales no salen de la cilindrada sino de la potencia. El Reglamento General de Vehículos fija la fórmula: potencia efectiva en kW dividida entre 5,152. Esa potencia es la que fija el laboratorio oficial y aparece en la ficha técnica, no la del anuncio. Con esa fórmula:
- Menos de 41,2 kW: menos de 8 caballos fiscales, la franja más barata.
- De 41,2 a 61,8 kW: de 8 a 11,99.
- De 61,8 a 82,4 kW: de 12 a 15,99.
Por eso dos eléctricos de prestaciones parecidas pueden pagar cuotas distintas. Mira la ficha técnica antes de hacer cuentas.
Lo que te ahorras en ocho años
Las diferencias de duración pesan más que la cuota. Para un coche de 12 a 15,99 caballos fiscales matriculado nuevo en enero y conservado ocho años, con las tarifas de 2026:
| Ciudad | Eléctrico, 8 años | Gasolina sin rebaja, 8 años | Ahorro |
|---|---|---|---|
| Palma | 287,76 € | 1.151,04 € | 863,28 € |
| Madrid | 258,00 € | 1.032,00 € | 774,00 € |
| Valencia | 256,10 € | 1.024,40 € | 768,30 € |
| Zaragoza | 247,20 € | 988,80 € | 741,60 € |
| Barcelona | 611,49 € | 1.151,04 € | 539,55 € |
| Málaga | 590,33 € | 1.111,20 € | 520,88 € |
| Murcia | 827,31 € | 1.151,04 € | 323,73 € |
Con una rebaja indefinida, el eléctrico ahorra unos 750 € en ocho años. Con la de tres años de Murcia, menos de la mitad. Aun así, es una cifra pequeña al lado de lo que se ahorra en energía: cargando en casa de noche, unos 1.500 € al año frente a un gasolina, como contamos en cuánto cuesta cargar en casa.
Si lo compras de segunda mano
Los años de la rebaja se cuentan desde la primera matriculación, no desde que tú lo compras. Un eléctrico de 2022 comprado ahora en Barcelona, Málaga o Murcia ya ha gastado la rebaja y paga la cuota entera. En Madrid, Valencia, Zaragoza y Palma la conserva.
Es un dato más para el precio, junto con lo importante: el estado de la batería y la garantía que le queda. Cómo comprobarlo, en comprar un eléctrico de segunda mano.
Y el impuesto de matriculación
Al comprarlo nuevo, el eléctrico paga un 0 % de impuesto de matriculación. La ley lo incluye en el tramo de los vehículos con un solo motor que no es de combustión, al que se aplica un tipo cero (artículo 70 de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales). En rigor no es una exención, sino un tipo del 0 %. Las comunidades autónomas pueden aprobar tipos propios, así que confírmalo si compras fuera de la península.
Preguntas frecuentes
¿Por qué no es gratis si la ley habla de vehículos limpios?
Porque la ley no deja eximir del todo a los eléctricos: el artículo 95.6 de la Ley de Haciendas Locales permite a cada ayuntamiento bonificar hasta un 75 % según el tipo de motor o de combustible y su impacto ambiental. El 100 % solo está previsto para los vehículos históricos o de más de 25 años.
¿Los híbridos enchufables también tienen la rebaja?
En muchas ciudades sí, pero con otras condiciones. En Madrid y Palma, los enchufables con distintivo CERO tienen el mismo 75 %; en Zaragoza, el 75 % durante diez años. En Valencia y Málaga la rebaja alcanza también a los híbridos. En Murcia, los ECO tienen un 30 % durante tres años.
¿Qué hago si en mi recibo no aparece la rebaja?
Si vives en una ciudad donde hay que pedirla, solicítala cuanto antes en la sede electrónica del ayuntamiento: en varias solo cuenta desde el año siguiente a la solicitud. Si es automática, como en Madrid o Palma, comprueba que la DGT tiene bien registrado el distintivo CERO del coche.
Revisado el 3 de noviembre de 2026 con las ordenanzas vigentes ese día. Las ordenanzas fiscales se cambian casi cada diciembre: si ves un dato desactualizado, escríbenos a contacto@cargarencasa.com.
Sigue leyendo
Fuentes
- Límite legal de la rebaja: Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículo 95.
- Madrid: Ordenanzas fiscales 2026, IVTM, artículos 4 y 5 (BOCM de 26 de diciembre de 2025).
- Barcelona: Ordenança fiscal 1.2, artículos 5 y 7 (BOP de 23 de diciembre de 2024).
- Valencia: Ordenanza fiscal del IVTM, artículos 5 y 7 (BOP de 31 de diciembre de 2024).
- Zaragoza: Ordenanza fiscal n.º 6 de 2026, artículos 4 y 6 (BOPZ de 27 de diciembre de 2025).
- Málaga: Ordenanza fiscal n.º 3, artículos 4, 6 y 7.
- Murcia: Ordenanza 3.3 del IVTM, 2026, artículo 4 y anexo de tarifas.
- Palma: Ordenanzas fiscales 2026, IVTM, artículos 5 y 8.
- Caballos fiscales de un eléctrico: Reglamento General de Vehículos, anexo V.
- Impuesto de matriculación: Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, artículo 70.